En los últimos meses, la Agencia Tributaria ha venido liquidando masivamente por las rentas del trabajo exceptuadas de gravamen dentro las relaciones laborales en concepto de gastos de locomoción, manutención y estancia en establecimientos de hostelería. Carolina Verdés, Vicepresidenta Territorial de la Asociación Profesional de Asesores Fiscales de la Comunidad Valenciana (APAFCV), analiza los requisitos que deben cumplir estas asignaciones, que se encuentran reguladas en el artículo 9 del IRPF, y recuerda una reciente Consulta de la Dirección General de Tributos relativa a la justificación de los desplazamientos."
Fiscal, Contable y Nómina17 octubre, 2017
Exenciones en los gastos de locomoción, manutención y estancia
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